Nuevo Reglamento UE sobre fitosanitarios
El 1 de marzo, la UE ha aprobado el Reglamento 283/2013 de la Comisión, que establece los requisitos sobre datos aplicables a las sustancias activas, de conformidad con el Reglamento (CE) 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.
Este nuevo Reglamento deroga el 544/2011. El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Sin embargo, los procedimientos de renovación de la aprobación de sustancias activas cuya aprobación expire el 1 de enero de 2016 o con posterioridad, el presente Reglamento será aplicable desde su entrada en vigor.
Por lo que se refiere a los demás procedimientos, será aplicable desde el 1 de enero de 2014.